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Negociando con ballenas

Las actuales conversaciones a puerta cerrada acerca de lo que podría concederse a Japón en el caso de que su gobierno, a través de Permisos Especiales bajo el Artículo III del Convenio Internacional para la Regulación de la Caza de Ballenas de 1946, acordara dar rienda suelta a la caza de ballenas, especialmente en el Santuario de Ballenas del Océano Antártico, se asemejan en cierto modo a las negociaciones mantenidas entre Estados Unidos y Noruega en 1983. Tal vez ahora valga la pena recordarlas y que su contexto sirva como guía a la acción actual y, en especial, a la observación de similitudes y diferencias.

Resumen

Actualmente, la delegación de Estados Unidos en la CBI lidera un esfuerzo por hallar una forma admisible para los países balleneros, particularmente Japón, de evadir las consecuencias de las decisiones clave de la CBI, a saber, la declaración de una moratoria indefinida a la caza comercial de ballenas (1982) y la designación de todo el Océano Antártico como santuario para las ballenas (1994)2 . Aunque Estados Unidos no fue el creador o principal fuerza conductora inicial detrás de dichas acciones (fueron la República de las Seychelles y Francia, respectivamente) sí desempeñó un papel político crucial al asegurar su reconocimiento por parte de la mayoría de los Estados Miembros de la CBI. En particular, probablemente fuera decisivo para el Santuario de Ballenas del Océano Antártico el apoyo del entonces vicepresidente, Sr. Al Gore.

El papel que hoy desempeña Estados Unidos es similar al que desempeñó en 1983-84, cuando, a pesar de la moratoria en vigor ese año, buscó ayudar a Noruega a seguir con la caza rentable de rorcual aliblanco en el Atlántico Norte frente a la evidencia de que el stock de rorcual aliblanco estaba en constante declive, tanto es así, que en 1985 fue clasificado como Stock Protegido con límite de captura cero. De nuevo, las propuestas para reducir paulatinamente las capturas de rorcual aliblanco en el Atlántico Noroeste y controlar y detener finalmente la industria, las iniciaron otros en lugar de Estados Unidos, quien al final sin embargo votó a favor de ellas.

La moratoria de 1982 y la designación del santuario de 1994 fueron acciones completamente distintas, particularmente en relación al periodo de tiempo y condiciones. La decisión del santuario fue designada como una acción a largo plazo que permitiría restablecer el maltrecho ecosistema marino antártico a un nivel tal vez no alejado de su prístino estado, en un escenario en el cual se creía que las especies individuales aumentarían bajo protección, pero en el cual no se tenía (ni se tiene todavía) la certeza de si los cambios provocados tras un siglo de caza de ballenas barbadas son o no reversibles. Después de su adopción, se tomaron medidas previas para garantizar una actualización de la decisión cada diez años y sólo en esos periodos de tiempo se podría considerar su enmienda. Con certeza, abrir ahora el santuario a la caza de ballenas legitimada, después de tan sólo 16 años (es decir, menos de una generación de ballenas), pondrá en peligro ese objetivo, sin importar con qué intensidad se permita dicha caza y, en especial, como al parecer proponen algunos, con límites de captura totalmente arbitrarios. Por otro lado, la moratoria nunca pretendió ser permanente, sin tener en cuenta lo mucho que pudieran desear algunos participantes. Esto no sólo queda manifiesto en los Registros Textuales de las Sesiones Plenarias de la CBI en los que fue debatida la propuesta, sino que su naturaleza temporal está explícita en la formulación del Párrafo 10(e) del Programa del Convenio Internacional para la Regulación de la Caza de Ballenas 1946 bajo el que opera la CBI y que requiere que la decisión se mantenga actualizada (de forma continuada) en base a la mejor recomendación científica, modificable en cualquier momento en función de las circunstancias. Las circunstancias relevantes y que quedan manifiestas en el registro eran que los stocks mostrasen evidencias de recuperación y que un nuevo procedimiento eficiente y preventivo de gestión fuese adoptado.

Estas circunstancias se han cumplido parcialmente. Existe una clara evidencia de que algunos stocks están aumentando aunque sigue sin haber evidencia sobre el rorcual común, que históricamente ha sido con diferencia la ballena barbada más importante para el comercio en términos de eliminación de biomasa. Históricamente, por biomasa, peso acumulativo y valor de los productos, las capturas de rorcual común han sido tan elevadas como las capturas de todas las demás ballenas juntas. Se ha acordado un Procedimiento de Gestión probado al menos para las ballenas barbadas en sus zonas de alimentación aunque no ha sido aprobado todavía debido básicamente a razones políticas (por la falta de acuerdo de los Estados Miembros en las herramientas necesarias para asegurar el cumplimiento de la normativa). De tener que haber un beneficio derivado de la caza de ballenas barbadas en un futuro a medio plazo, casi con certeza procedería de la ‘explotación’ renovada de rorcuales aliblancos recuperados o recuperándose.

Es extraordinario ver como la nueva Administración de EE.UU. continúa con los esfuerzos de la anterior Administración por deshacer los nudos por la conservación de las ballenas que tan prolijamente se habían esforzado en atar las Administraciones Reagan y Clinton.

Historia y antecedentes

La CBI había decidido en 1982 fijar a cero todos los límites de captura para la caza comercial de ballenas de la temporada 1985/86 (la llamada moratoria a la caza comercial de ballenas) sin embargo Noruega, entre otros, presentó una objeción a dicha decisión evitando así su cumplimiento. Desde, e incluyendo, la temporada de ballenas de 1982 en el hemisferio norte, el límite de capturas para el rorcual aliblanco en el noreste del Océano Atlántico (principal zona ballenera noruega) se había establecido en base a una ley adoptada en 1975 (en el llamado Nuevo Procedimiento de Gestión) según el cual, de no ser posible detectar tendencia alguna en la abundancia de ballenas a través de los datos resultantes de capturas y actividad ballenera durante un amplio periodo de tiempo, el stock se clasificaría “provisionalmente”, como en un estado de “gestión sostenible” y el límite de capturas se establecería mediante la media de las capturas anteriores. En este caso fue de 1790 rorcuales aliblancos. En 1976 se había acordado que esta disposición se mantendría mientras se realizarán análisis críticos en relación a los datos de captura y esfuerzo.

Seis años más tarde dicho análisis se había realizado y en el encuentro del Comité Científico (CC) de la CBI en 1982 se disipó cualquier duda sobre la suposición de que el stock no se había visto afectado por la caza de ballenas. De esta manera el CC recomendó, y la Comisión estuvo de acuerdo, que el stock debía catalogarse a partir de ese momento como “Sin clasificar”. Sin embargo, la Comisión no pudo llegar a un acuerdo sobre un límite de captura, con lo que la situación retornó a las condiciones anteriores a 1974 y la temporada de 1983 no se reguló. Entre los encuentros de 1982 y 1983 científicos noruegos colaboraron con algunos de los miembros del CC (incluyendo quien escribe) para elaborar series de datos que mostraron que el stock en el noreste se había visto diezmado cerca de un 2% anual a lo largo de varios años. Sin embargo, seguía sin calcularse el stock en el noreste con respecto a su nivel de pre-explotación (necesario para la clasificación) así que el CC propuso por consenso, incluyendo a los científicos noruegos, que éste sería desclasificado con un límite de capturas igual al límite superior estimado del rendimiento de sustitución, 635. La respuesta noruega en el encuentro de la Comisión en 1983 fue la de buscar un acuerdo en el Comité Técnico sobre una transición paulatina al nuevo límite de captura inferior, citando el principio establecido en el Convenio Internacional para la Regulación de la Caza de Ballenas de 1946 en referencia a un cambio ordenado y sugirió que se solicitara al Comité Científico la evaluación de los efectos de un posible escenario de transición. Sin embargo el Comité Técnico (CT) recomendó la adopción inmediata de lo aconsejado por los científicos. En el Plenario, Noruega, con el apoyo de Japón e Islandia, propuso un límite de capturas de transición de 885 para la temporada de 1984. Esta enmienda, apoyada por otros países nórdicos como Suecia, Dinamarca, Finlandia y por otros miembros europeos, se presentó a votación, recibiendo una mayoría simple (15 a favor, 7 en contra y 13 abstenciones, incluyendo EE.UU.). Fue entonces cuando se adoptó por consenso la propuesta del CC/CT y Noruega no presentó posteriormente ninguna objeción.

En 1984 dos series de datos de captura y esfuerzo nuevas permitieron al Comité Científico calcular y proponer un límite de capturas en base a un rango de estimaciones del Rendimiento de Sustitución (RS) de entre 200 a 747. Noruega aceptó que la ciencia había mejorado y propuso (secundada por Japón) un límite de captura de 637, siendo este el 90% del RS promedio calculado de 708. Otros países estuvieron a favor de propuestas más cautelosas próximas al límite inferior del RS de 300. Esta propuesta obtuvo una mayoría simple en el Comité Técnico convirtiéndose en la recomendación del Comité en el Plenario. En dicho Plenario, la República Federal Alemana y EE.UU. propusieron acordar un valor de 525. Noruega no lo consideró aceptable y lo sometió a votación, recibiendo sólo 11 votos a favor, 7 en contra y 17 abstenciones, sin lograr los tres cuartos necesarios para obtener la mayoría que la hiciera vinculante. Los votos en contra incluyeron a aquellos que presionaban por una cantidad más alta y a los que presionaban por conseguir una más baja. La recomendación de 300 del CT se votó de nuevo; esta vez salió mejor que con el compromiso sugerido con anterioridad pero aun así no aseguró los tres cuartos (15, 7, 14: los cambios fueron debidos a previas abstenciones que se convirtieron en favorables y algunos que se oponían se abstuvieron). Posteriormente, Noruega sugirió mantener el límite de 635 del año anterior evitando así un vacío legal. Con considerable reticencia por parte de varios países, finalmente fue adoptado por consenso, aunque con la reserva de Suecia.

En 1985 se presentó y discutió en profundidad un análisis completo de los datos al Comité Científico. La conclusión del Comité fue que el stock de rorcuales aliblancos en el Atlántico Noroeste estaba agotado, habiendo sido reducido por la industria ballenera noruega en un 20-30% en relación a su tamaño de pre-explotación y que debía clasificarse como Stock de Protección (SP) con un límite de capturas cero. Esto generó prolongados y acalorados debates de procedimiento tanto en el Comité Técnico como en el Plenario, incluyendo una fuerte presión por parte de Noruega de posponer la votación hasta el siguiente año, una idea que fue apoyada por EE.UU. Finalmente se decidió adoptar la recomendación del Comité Técnico, secundada por Finlandia, de clasificar de forma inmediata este stock como SP; los votos fueron 21 a favor, 1 en contra (Islandia) y 10 abstenciones. El comisionado noruego anunció que su país no participaría en la votación (nunca se explicó en qué se diferenciaba dicha postura de una abstención). Noruega presentó además una objeción a la decisión.

La oposición de Islandia no sorprendió a nadie ya que este país era bien conocido por oponerse prácticamente a todas las iniciativas de conservación propuestas por la CBI. Sin embargo EE.UU., que había apoyado fuertemente los esfuerzos de Noruega para demorar la acción, votó a favor, aunque con las abstenciones de Japón, la antigua URSS y México. El voto de Japón destapó una brecha en la alianza noruego-japonesa. En aquel momento se especuló que esto se debía a que Noruega había sido durante mucho tiempo un país ballenero que hablaba de manera insistente en favor de seguir los consejos científicos pero cuando llegaba la hora de discutir sus propias actividades balleneras no lo hacía. Excepcionalmente el comisionado japonés usó el hemiciclo para explicar su voto, ¡antes de someterlo! Expuso que Japón apoyaba la petición de Noruega de posponer la votación pero, a la vista del hecho de que no había voto de procedimiento, se abstendría en la votación decisiva (Islandia siguió claramente una lógica diferente). Este voto también dividió al Grupo Nórdico que había intentado por todos los medios permanecer juntos en la CBI; ahora Noruega e Islandia iban por un lado y Finlandia, Suecia y Dinamarca por otro.

¿Cuál fue la naturaleza de esta discrepancia de procedimiento? Empezó con la formulación del informe del Comité Científico que afirmaba que “La mayoría de los miembros creían que el stock debía clasificarse como Stock de Protección y también mencionaba la obligación de Noruega de revisar y extender la serie CPUE (Captura por unidad de esfuerzo) de la cual dependía dicha conclusión; sin embargo, Noruega sugirió posponer la decisión hasta el siguiente año mientras insistía en que las capturas para 1986 no excedieran de la estimación mínima del rendimiento de sustitución, que era de 360 ballenas [esto suponía la continuidad de Noruega en su objeción a la moratoria]”. Después de 1986 la delegación noruega no presentó, tal como había prometido, ningún conjunto de datos ni nuevas evaluaciones.  

Un tercer tipo de caza de ballenas

Una táctica, puesta en marcha por la delegación de Noruega y más tarde seguida por Japón, para evitar la protección de los diezmados stocks, tal como establece el Nuevo Procedimiento de Gestión de 1975, fue que algunos o todos los tipos de ‘caza de ballenas a pequeña escala’, tal como viene definido en el Párrafo 1C del Programa del Convenio Internacional para la Regulación de la Caza de Ballenas de 1946 (es decir, para el rorcual aliblanco y también para calderones de hocico, zifios, calderones y orcas, empleando buques de propulsión y arpones disparados con cañón) quedaran excluidas de las decisiones concernientes a los límites de captura cero para las poblaciones diezmadas de ballenas o de otras medidas rigurosas de conservación tales como la moratoria de 1982 aplicada a la caza comercial de ballenas. La caza de ballenas de subsistencia por o en nombre de los aborígenes ya estaba excluida por procedimientos que permitían capturas de stocks diezmados mientras no amenazaran la supervivencia de tales stocks. La idea era definir una tercera categoría de caza de ballenas, referida en algunos documentos como “caza no comercial de ballenas”. La idea fue presentada por el Comisionado de Estados Unidos después de consultas con Noruega en un memorando que circuló entre algunos comisionados unos meses después del encuentro de la CBI en 1983. Esta idea no fue bien acogida por algunos comisionados dado que, entre otras razones, abriría la vía de exclusión de otras operaciones balleneras, entonces existentes, con base terrestre, por ejemplo por parte de Brasil, Islandia, Japón y Corea, de las regulaciones destinadas a proteger los stocks de las especies de ballenas pequeñas y asegurar su mantenimiento o recuperación a niveles productivos altos. Por tanto, en el encuentro de la CBI en 1984 la idea no salió a la luz tal y como se pretendía. Sin embargo, en un encuentro del grupo de trabajo de la CBI sobre el Futuro de la Comisión, en febrero 3 En mi “La caza noruega de rorcuales comunes en el Atlántico Norte: una Memoria” 12pp, se dan más detalles y referencias sobre este asunto. Disponible por el autor. 5 de 1985, Noruega y Japón presentaron conjuntamente la misma idea. Posteriormente ese año, Japón preparó también una propuesta específica en el Subcomité Aborigen de Caza de Ballenas de la CBI con respecto a sus operaciones de “caza de ballenas costera a pequeña escala”4 y en 1987 propuso una enmienda al Programa que básicamente tendría el mismo efecto. Durante un tiempo Islandia siguió defendiendo el esquema del ‘tercer tipo de caza de ballenas’, sin embargo, al parecer Noruega perdió el interés. Considerando que la caza de rorcual aliblanco llevada a cabo tanto por parte de Noruega como por parte de Islandia estaba destinada principalmente a la producción de una mercancía congelada para exportar, además de la venta a supermercados locales, el intento de definirla como ‘no comercial’ resultó ser un tanto ridículo.

El telegrama del 16 de noviembre de 1983

Un telegrama del Departamento de Estado de los EE.UU. a la Embajada de EE.UU. en Oslo describió las discusiones entre las autoridades de Estados Unidos y Noruega en Washington el 24 de octubre de 1983, con la propuesta de seguir desarrollando las mismas en Oslo a través de consultas entre el comisionado de Estados Unidos en la CBI (Sr. John Byrne) y el comisionado noruego (Sr. Per Tresselt) preferiblemente a mediados de enero de 1984. A esto le siguieron discusiones informales a finales de septiembre de 1983 entre autoridades de Estados Unidos y Noruega, sobre la iniciativa de Tresselt, acerca de “las repercusiones de la decisión de la CBI de suspender la caza comercial de ballenas a partir de 1985/86.” El Sr. Byrne, había mantenido, más o menos simultáneamente, consultas informales con los comisionados de Argentina, Australia, Dinamarca, República Federal de Alemania, Japón, Países Bajos y Nueva Zelanda. Bryne escribió que Tresselt había tenido discusiones similares con los comisionados de Finlandia, Islandia, Suecia y Reino Unido.

El comisionado de Estados Unidos describe las bases para estas discusiones como de “interés noruego por sondear la posibilidad de retirar su objeción (a la decisión de la moratoria de 1982) si las características distintivas de la caza de ballenas tradicional noruega podían ser reconocidas bajo una forma que permitiera cierta caza limitada de ballenas continuada bajo su autoridad y gestión, además del requerimiento de su aceptación por parte de la CBI”. El Sr. Byrne prosigue: “Discutimos varias 4 La caza de ballenas costera a pequeña escala (CBCPE) de Japón tiene poca relación con la caza de ballenas a pequeña escala (CBPE) de la CBI. La similitud de términos confunde a mucha gente y algunas veces parece tener el propósito de que así sea. La CBCPE es una categoría administrativa en que las operaciones generalmente están limitadas a viajes de un día dentro de un área costera específica. Un punto de confusión es que tanto la caza de rorcuales aliblancos de Noruega en el Atlántico Norte como la CBCPE de Japón en el Pacífico Noroeste incluyen algunas operaciones pelágicas en las que los rorcuales aliblancos son descuartizados a bordo de los barcos factoría. La CBI prohíbe desde 1980 toda caza pelágica de ballenas excepto para los rorcuales aliblancos (Párrafo 10 (d) del Programa); a diferencia de la moratoria general del Párrafo 10 (e), la prohibición no está limitada a la “caza comercial de ballenas.” 5 Esta desviación del negocio principal de la CBI se describe en Busby, L. and Holt, S. J. (2006 ‘Guía Anotada del Programa del Convenio Internacional para la Regulación de la Caza de Ballenas’. 32pp, IFAW, Londres). Un paralelismo con esta historia podría esbozarse con el ‘pacto’ que actualmente se está incumpliendo por parte de la delegación de Estados Unidos a través del ‘Grupo de Apoyo’ ad hoc de la CBI que, si bien tienda a frenar tal vez la caza “científica” comercial de ballenas, podría legitimar unas cuantas auténticas cazas comerciales de ballenas más, a pesar de la continuación de la moratoria. Sin embargo, esto se ha complicado debido a la intención expresa de Japón de cazar rorcuales comunes y ballenas jorobadas de forma pelágica además de cazar rorcuales aliblancos bajo ‘propósitos científicos’, al igual que el reciente relanzamiento de la caza “a gran escala” con base terrestre de rorcuales comunes por parte de Islandia. 6 disposiciones restrictivas a tal reconocimiento: 1. Que cualquier caza continuada de ballenas debe estar sujeta a procedimientos de gestión existentes en la CBI basados en el consejo científico: y 2. que no esté basada en una excepción al Párrafo 10(e) del Programa, sino en base a la semejanza a la caza de ballenas actualmente fuera del ámbito del 10(e), por ejemplo, esencial para la subsistencia de los individuos que al menos la mitad de sus ingresos dependen de la pesca [Nota, no de la ‘caza de ballenas’ sjh], barcos operados por propietarios y limitados en tamaño, la caza de ballenas a pequeña escala, prohibición del comercio internacional de productos derivados de ballena, etc.” El telegrama hace entonces referencia a los problemas originados por otros en los debates informales acaecidos hasta la fecha. Éstos eran: 1. La aplicabilidad a otros países balleneros de los reconocimientos prorrogados a Noruega; 2. la inquietud de que tal reconocimiento podría percibirse como algo que socavaría la decisión [de la moratoria] de la CBI; 3. la incorporación de alguna limitación temporal en el reconocimiento. El telegrama finaliza con la declaración de que “Estados Unidos reconoce determinados elementos distintivos de la caza ballenera noruega comparada con la caza comercial tal como dicho término se emplea en la decisión de la CBI.” Más tarde se planteó que “al parecer, existe en la actualidad una buena disposición (presumiblemente entre los comisionados consultados) por considerar mejor la posibilidad esbozada”. Comentario Las consultas de 1983-1984 (que tal y como hemos podido ver, finalmente no llegaron a nada) no hacen referencia explícita a un quid pro quo sino que simplemente expresan la buena voluntad (por lo que asumimos son “Razones de Estado”) de ayudar al Gobierno de Noruega a eludir la decisión sobre la moratoria sin que ello supusiera un apuro internacional. De haber seguido adelante, Noruega habría continuado con su caza de rorcuales aliblancos, pero con límites de captura impuestos por la CBI (según una base científica) y sin ser vistos como unos parias por hacer uso excesivo y continuado del vacío legal en la objeción del Convenio Internacional para la Regulación de la Caza de Ballenas de 1946. Por supuesto, el problema fue que el Nuevo Procedimiento de Gestión (Par. previstos 10(a), (b), (c)), bajo el cual se habían impuesto con anterioridad los límites de captura, había sido desacreditado en la medida en que fue aplicado a situaciones en las que la información era insuficiente (lo que jugó un papel importante en la votación por la propuesta de la moratoria en 1982) a pesar de que los mejores estudios científicos disponibles demostraron que el stock de rorcual aliblanco del Atlántico Noreste había estado disminuyendo sin cesar durante décadas. El trabajo científico y consiguientes decisiones de clasificación de 1985 mostraron que incluso un procedimiento de gestión erróneo podía sin embargo concluir en la clausura de una operación, tal como sucedió con las ballenas azules, los rorcuales comunes, los rorcuales boreales y las ballenas jorobadas en el Océano Antártico durante los años 70. Algunas de las consideraciones referentes a la excepcionalidad de la caza de rorcuales aliblancos por parte de Noruega podrían aplicarse a la caza costera a pequeña escala de rorcuales aliblancos llevada a cabo por parte de Japón en el Pacífico Noroeste. Otra característica común, raramente mencionada en la actualidad, es que este tipo de operaciones fueron durante muchos años (y de hecho las operaciones japonesas aún lo son) una mezcla de caza de rorcuales aliblancos y zifios, calderón de hocico boreal en el caso de Noruega y berardio de Baird en el de Japón. (El calderón de hocico boreal fue protegido 7 durante algún tiempo pero el berardio de Baird nunca lo ha sido por motivos que se detallan en otra reseña). Todas las propuestas dirigidas a permitir que Japón prosiga con la caza comercial de ballenas, evitando el estigma por el uso abusivo y continuado del Artículo VIII del Convenio Internacional para la Regulación de la Caza de Ballenas de 1946, incluyen algún tipo de acuerdo que reduciría, limitaría o pondría fin a la “caza de ballenas con motivos científicos”, especialmente en el Océano Antártico, con el quid pro quo de tratar la caza costera de ballenas llevada a cabo por Japón en el Pacífico Norte como un tercer tipo de caza “pseudo-no-comercial”. Algunos de los asuntos tratados en 1983-1984 son los mismos: ¿cuál sería el efecto en la caza de ballenas llevada a cabo por otras naciones como Noruega e Islandia en la actualidad? Pero, obviamente, hay importantes diferencias. En primer lugar, a pesar de que el Nuevo Procedimiento de Gestión sigue en la agenda, un Procedimiento Actualizado ha sido concebido por el Comité Científico y aceptado por la Comisión. En segundo lugar, según el Artículo VIII, la caza de ballenas en el hemisferio sur se lleva a cabo en un santuario la existencia del cual, en el momento de su declaración en 1994, no generó prácticamente ninguna controversia; no se realizaron objeciones a parte de la de Japón y aun así ésta fue únicamente contra la inclusión del rorcual aliblanco en la lista de ballenas englobadas en la decisión. La creación del Santuario prohíbe la “caza comercial” de ballenas, al igual que lo prohíbe la designación en 1979 del Océano Índico como santuario, pero estas palabras constan simplemente para dejar claro que se excluye de la decisión cualquier tipo de caza de ballenas de subsistencia aborigen en regiones pertenecientes a miembros de la CBI. Cualquier “acuerdo” que permitiera la caza de ballenas en el Océano Antártico requeriría enmendar el Artículo 7(b) del programa, apelando al consenso o, como mínimo, un voto mayoritario de 3/4, lo que parece altamente improbable en estos momentos. Llegar a un compromiso sobre la caza de cetáceos a pequeña escala en esa región (teniendo en cuenta que se llegase a definir alguno de estos tipos de caza como “no comercial”) parece irrealizable; Noruega intentó hacerlo durante dos años en los 70 y no lo logró. Por consiguiente, el único acuerdo que quizás podría satisfacer a estos países (gobiernos y sociedad civil) parece que debería tener en cuenta la finalización de la caza de ballenas según el Artículo VIII en el Santuario de Ballenas del Océano Antártico, de forma inmediata o tras un periodo razonable de reducción hasta su finalización, a cambio de la modificación de la moratoria para permitir algún tipo de caza de rorcuales aliblancos en el hemisferio norte. Es absurdo pretender que este tipo de caza no sea considerado comercial. En ese caso, y según el principio de que cualquier tipo de límite de capturas debe tener en cuenta, o mejor, estar de acuerdo con el asesoramiento científico, dichos límites deberían necesariamente ser impuestos por el Procedimiento de Gestión Actualizado y no por el Nuevo Procedimiento de Gestión. Esto supone dos problemas. En primer lugar está el hecho de que la Comisión ha sido incapaz de ponerse de acuerdo en los instrumentos que aseguren el cumplimiento de las regulaciones. Dado el largo historial de gobiernos y balleneros falseando los reportes de estadísticas (viéndose involucrados muchos países, incluido Japón, tal como se ha documentado e incluso estando implicados inspectores a nivel nacional) se espera un escepticismo generalizados sobre una implementación honesta. En segundo lugar, el estado de al menos uno de los stocks de rorcual aliblanco en el Pacífico Noroeste es tal que el Procedimiento de Gestión Actualizado debería imponer un límite de captura muy pequeño o incluso cero. La tentación de tratar de evitar esta restricción será tan grande que probablemente se producirán grandes presiones para establecer límites de captura arbitrarios que satisfagan a la industria y a las autoridades. Este desarrollo llevaría a la CBI de vuelta a los días oscuros cuando se establecian límites de captura enormes de forma totalmente arbitraria (como el asignado en el Antártico desde 1949 hasta los años sesenta para todas las ballenas barbadas). Un movimiento de este tipo destruiría por completo la poca credibilidad que le queda a la CBI como organización gestora y la dejaría sin competencias como el cuerpo intergubernamental al que se confió la conservación de los cetáceos y la gestión de su uso tal como se estipula en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CNUDM). Un problema añadido a la idea de un “tercer tipo de caza de ballenas” (ya sea para justificar límites de captura arbitrarios no 8 destinados a la subsistencia o para justificar la explotación continuada de stocks muy mermados o incluso amenazados) es que parecería una violación de las disposiciones establecidas por la CNUDM y los preceptos asociados a los documentos de las conferencias por el medio ambiente de la ONU (Río de Janeiro y Johannesburgo) en los que se especifica que la explotación de los recursos marinos ha de ser gestionada tanto para mantenerlos como para permitir su recuperación a niveles óptimos de población y desde luego no reducirlos simplemente a niveles tales que pudiesen amenazar su mera existencia.

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